TRÁMITES E IMPUESTOS EN LA COMPRA DE UNA VIVIENDA.

TRÁMITES E IMPUESTOS EN LA COMPRA DE UNA VIVIENDA.

Si usted esta pensando en adquirir  una vivienda, debe de obtener con carácter previo una cierta información y documentación del inmueble a fin de garantizar futuros problemas.

Entre otras cosas, es posible que el inmueble presente algún embargo, que los metros ofertados no sean los reales, que tenga pendiente recibos del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), que no este al corriente de pago con la Comunidad de Propietarios del edificio o que ésta última haya aprobado recientemente una derrama, etc…

1.-DOCUMENTACIÓN DEL INMUEBLE Y CONTRATOS.

Con carácter previo a la firma de cualquier documento relativo a la futura compraventa, nuestros Abogados especialistas en Derecho de Propiedad aconsejan que siempre debe de solicitar los siguientes documentos del inmueble:

  • Nota simple del inmueble en el Registro de la Propiedad correspondiente.
  • Certificado de encontrarse el inmueble al corriente de pagos y/o tener conocimiento de importes correspondientes a derramas a la comunidad de propietarios.
  • Solicitar información acerca de si los recibos del IBI están al día.
  • Certificado energético del inmueble.

Comprobado que el inmueble esta al corriente y cumple con la legislación vigente, con carácter previo al otorgamiento de la escritura pública de compraventa, en el supuesto de que precisemos financiación y queramos asegurar la adquisición del inmueble, podemos celebrar el oportuno contrato de arras o contrato privado de compraventa.

2.-IMPUESTOS POR LA COMPRA DE UNA VIVIENDA.

Uno de los aspectos más importantes  en la adquisición de nuestra vivienda es el fiscal, hasta el punto de que debemos  hacer números a fin de tener presente antes de firmar ningún documento que nos pueda comprometer, cual es el montante total al que asciende esa futura operación.

Nuestros Abogados especialistas en Derecho Tributario, a fin de facilitarle la comprensión y visualización de dicha operación, les desglosan a continuación los impuestos que debe de atender:

2.1.- IMPUESTOS POR LA COMPRA DE UNA VIVIENDA NUEVA.  EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO (IVA) Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS (AJD).

En el supuesto de que la vivienda sea nueva y se la esté comprando al promotor, en tal supuesto, el promotor le repercutirá un IVA del 10% sobre el precio de la casa.

Usted le pagará el IVA al promotor y éste ingresara ese dinero en Hacienda, por ser el promotor el que está obligado a ello.

Por ejemplo, si la casa tiene un precio de 90.000 euros, va a tener que pagar esos 90.000 euros más 9.000 euros (10% x 90.000 euros) en concepto de IVA.

A su vez,  también se le aplica otro impuesto, llamado AJD, que puede rondar entre el 0,5% y el 1,5% sobre el precio.

Es un impuesto que está cedido a las comunidades autónomas y variará en función de la comunidad autónoma donde esté el inmueble, que será donde deba presentarlo, en el supuesto de la Comunidad Valenciana y Región de Murcia hablamos de 1,5 %.

2.2.- IMPUESTOS POR LA COMPRA DE UNA VIVIENDA DE SEGUNDA MANO.  EL IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES ONEROSAS.

Cuando la vivienda que usted compra, es una vivienda de segunda mano, la operación no se ve afectada por IVA, pero sí por el impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas (TPO).

En este supuesto, es usted el que está obligado a elaborar e ingresar el impuesto. Se trata de un coste extra que no está incluido en el precio que le da el vendedor.

El importe que debes pagar por este impuesto dependerá de cada comunidad autónoma, al ser un impuesto cedido a las CCAA.

A continuación le facilitamos los tipos de la C. Valenciana y de la Región de Murcia.

2.2.1.- TPO COMUNIDAD VALENCIANA.

En la Comunidad Valenciana, por la compra de una vivienda de segunda mano, pagará un 10% con carácter general.

Se le aplicará el 8% para la adquisición de viviendas de protección pública de régimen general o para la primera vivienda habitual de jóvenes menores de 35 años.

Y un 4% para las VPO, las familias numerosas con ingresos conjuntos inferiores a 45.000€ y la vivienda habitual de un discapacitado físico o sensorial, con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, o psíquico, con un grado de minusvalía igual o superior al 33%.

2.2.2.- TPO REGIÓN DE MURCIA.

En la Región de Murcia, por la compra de una vivienda de segunda mano, pagará un 8% con carácter general.

Y un 3% en las adquisiciones de inmuebles destinados a vivienda habitual por familias numerosas o para las adquisiciones de inmuebles destinados a vivienda habitual por jóvenes de edad inferior o igual a 35 años.

 

En definitiva, debemos tener muy presente que cada compraventa implica una serie de trámites,  siendo imprescindible obtener previamente una información esencial así como realizar una estimación correcta del montante global de la operación, recomendándole que si esta pensando en comprar su futura vivienda, se ponga en manos de su despacho de Abogados de confianza.

 

JRubio Abogados.



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